B. Ventajas:
- Da seguridad a los términos de la voluntad testamentaria.
- No puede ser falsificado.
C.
Desventajas:
- Es muy oneroso.
- Permite conocer anticipadamente la voluntad del testador.
2. TESTAMENTO
CERRADO
Es
aquel que hace el testador, introduciéndole en un sobre o en una cubierta, lo
cierra y lo entrega al notario para que de fe en la cubierta y en su protocolo,
que ese sobre contiene su última voluntad.
A. Formalidades
Esenciales
Se
encuentran establecidas en el artículo 699 del Código Civil, y son las
siguientes:
a) Que el documento en que ha sido
extendido, esté firmado en cada una de sus páginas por el testador, bastando
que lo haga al final, si estuvieran manuscrito por él mismo y, que sea colocado
dentro de un sobre debidamente cerrado o de una cubierta clausurada, de manera
que el testamento no pueda ser extraído sin rotura o alteración de la cubierta.
b) El testador debe entregar personalmente
al notario el referido documento cerrado, ante dos testigos hábiles,
manifestándole que contiene su testamento. Si el testador está imposibilitado
de hablar, esta manifestación lo hará por escrito en la cubierta.
c) El notario debe extender en la cubierta
del testamento, una acta en el que conste su otorgamiento por el testador y su
recepción por el notario, el cual firmarán:
- El testador
- Los testigos y
- El notario
El
acta debe ser transcrita en el registro del notario, firmando las mismas personas.
d) El cumplimiento de las formalidades
indicadas, se efectuará estando reunidos en un solo acto:
- El testador
- Los testigos
- El notario, quien dará al testador copia certificada del acta.
En
cuanto a su redacción:
Ø Puede ser redactado por cualquier
persona.
Ø Puede ser en cualquier papel.
Ø Puede ser en castellano o en
idioma extranjero.
Ø Puede dictarse a otra persona, si
quiere lo hace el mismo.
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